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¿Tengo que legalizar los documentos de mi país?

En cualquier trámite solicitado ante la Oficina de Extranjería se nos exigirá la presentación de documentos debidamente legalizados.

A continuación se indica cómo deben estar legalizados los documentos y cómo debe efectuarse la traducción oficial al castellano para los casos en que sea necesario.

La legalización de los documentos extranjeros se hará conforme a uno de los dos procedimientos siguientes dependiendo del país que expida el documento:

A) Por la APOSTILLA DE LA HAYA: De acuerdo con el Convenio de la Haya, de 5 de octubre de 1961, si el documento está expedido en un Estado que ha ratificado dicho Convenio, lo único necesario es que en el documento figure el sello de la Apostilla, este sello lo coloca la autoridad competente del Estado donde se expide el documento.

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B) Por VÍA DIPLOMÁTICA: Este procedimiento se debe utilizar para la legalización de documentos expedidos en Estados que no han ratificado el Convenio de la Haya.

Dependiendo de si el documento ha sido expedido por una autoridad no consular en el país de origen del documento o si ha sido por una autoridad consular debidamente acreditada en España, la legalización debe hacerse de una forma u otra.

En todo caso, no dudes en ponerte en contacto con nosotros y te asesoraremos con cualquier duda que tengas.

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¿Por qué fecha están resolviendo en la Oficina de Extranjería de Murcia?

Estas son las fechas de tramitación según la Oficina de Extranjería a día 11 de enero:

– Resoluciones de Arraigo Social de 8 de julio.

– Resoluciones de Arraigo Familiar de 30 de septiembre.

– Resoluciones de Arraigo Laboral de 5 de julio.

– Resoluciones de Familiar de Comunitario de 18 de octubre.

– Resoluciones de Reagrupación Familiar de 11 de julio

*Estas fecha son orientativas

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¿Cuánto tardará en salir mi nacionalidad?

He presentado mi nacionalidad, ¿cuánto tardará en salir?

Sin duda, esta es la pregunta más frecuente entre las personas que solicitan su nacionalidad española.

En primer lugar hay que tener en cuenta las distintas vías de solicitar nuestra nacionalidad.

En el caso de la vía más frecuente entre nuestros clientes, por residencia legal en España, los plazos que nuestro despacho maneja van entre los 12 meses y los 18 meses.

¿De qué depende que un expediente tarde más o menos?

En muchos casos, simplemente dependerá del funcionario al que hayan asignado nuestro expediente, si bien detectamos que los expedientes presentados por los interesados sin el asesoramiento de un profesional titulado pueden retrasarse hasta los 2 años o más debido a requerimientos y errores en la documentación presentada.

Si le interesa solicitar su nacionalidad y tiene alguna pregunta, no dude en contactar con nosotros.

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