Las ausencias del territorio español como consecuencia de la imposibilidad de regresar a España por la crisis sanitaria no serán computables a los efectos de continuidad de residencia.
Este miércoles 20 de mayo a través de una Orden Ministerial, firmada por el Ministro de Sanidad, a propuesta del Ministerio de Inclusión, a través de la Secretaría de Estado de Migraciones.
Esta norma evitará que los extranjeros puedan encontrarse en una situación de irregularidad sobrevenida una vez finalice el Estado de Alarma.